Sanciones de 2 a 4 años para quienes introduzcan teléfonos móviles en las prisiones.

Recientemente, la sesión legislativa en Costa Rica, que contó con la participación de 42 suplentes, llevó a cabo la aprobación del primer documento de debate número 24,162. Este conjunto de leyes está diseñado específicamente para castigar a las personas que efectúan la introducción ilegal de teléfonos móviles, satélites y otros dispositivos electrónicos en los recintos penitenciarios del país.

La propuesta fue presentada por la autoridad ejecutiva y recibió su declaración inicial en octubre del año anterior. A lo largo de este proceso, hubo cinco propuestas adicionales que fueron rechazadas. Finalmente, la cuestión fue sometida a votación en cuanto al fondo de la iniciativa.

Con esta nueva legislación, se establecen penas de prisión que van de dos a cuatro años para aquellas personas que ingresen ilegalmente teléfonos móviles y otros dispositivos de comunicación en las cárceles. Esta medida responde a una problemática creciente en el país, en la que los centros penitenciarios se han convertido en puntos de contacto para actividades delictivas, facilitadas por el uso de estos dispositivos.

El texto aprobado por el Parlamento establece lo siguiente:

«Se impondrá una pena de prisión de dos a cuatro años para aquellos que, sin la debida autorización legal, posean, presenten, faciliten o compren de cualquier forma el ingreso a una institución carcelaria de teléfonos móviles, satélites u otros equipos de comunicación, así como sus componentes técnicos y tarjetas SIM».

En Costa Rica, muchas víctimas han sufrido fraudes debido a llamadas provenientes de centros penitenciarios, donde la mayoría de los prisioneros logran recibir teléfonos móviles a través de visitas o por medios clandestinos.

Hasta el momento, quienes introducen dichos dispositivos no enfrentaban ninguna penalización legal, lo que ha generado un vacío que ahora busca ser abordado mediante este nuevo proyecto. La legislación, además, contempla que la pena de prisión podría incrementarse en un tercio si los responsables de la introducción de dispositivos son considerados «funcionarios públicos, proveedores de servicios o productos en establecimientos cerrados».

Adicionalmente, se extiende esta responsabilidad a «abogados en el ejercicio de su profesión o cualquier otra persona que cuente con una autorización especial de ingreso, pero carezca de la licencia adecuada».

Siga más: Progreso Plan para juzgar a las personas que introduzcan teléfonos móviles en Prisiones en Costa Rica.

(Foto /Ministerio de Justicia y Ministerio de Paz)