Diputado sugiere un límite en el embargo de pensiones

Katherine Moreira, diputada del Partido Nacional de Liberación (PLN), ha presentado recientemente a la corriente legislativa un proyecto de ley que busca establecer una regulación clara sobre la cantidad máxima que puede ser embargada de la pensión de cualquier deudor. Este esfuerzo legislativo es de gran relevancia, ya que se enfoca en la protección de los derechos de las personas mayores que dependen de sus pensiones para vivir dignamente.

El archivo en cuestión es el número 24940, titulado «Ley para adoptar una pensión mínima intocable». Este proyecto de ley tiene como objetivo fundamental asegurar que la cantidad máxima que se puede incautar de los ingresos de un pensionista no exceda el 20% de su pensión total. Esta medida busca garantizar que estas personas, que han trabajado arduamente durante su vida, mantengan un nivel básico de ingresos que les permita disfrutar de una «edad digna».

La diputada Katherine Moreira organizó 7 nuevos proyectos el jueves pasado.

¿Qué busca el proyecto?

El texto legislativo representa una reforma a la Sección 59 de la Ley No. 17, conocida como la Ley Constitucional del Fondo de Seguridad Social Costarricense (CCSS). Lo que busca hacer esta reforma es establecer de manera más clara cuál es la cantidad máxima que puede ser embargada de las pensiones, asegurando así que los pensionistas mantengan una parte esencial de sus recursos económicos.

La iniciativa enfatiza que, específicamente en lo que respecta a la cantidad máxima para los jubilados, la Sección 21, subsección a) del número 2248, que hace referencia a las pensiones y retirados del magisterio nacional, emitida el 5 de septiembre de 1958, será reformada para mejorar la protección de estos individuos.

Según se especifica en el documento, la Sección 21 sobre el «Portafolio de inversión» menciona lo siguiente:

El texto detalla que los préstamos personales y de vivienda para afiliados estarán limitados a un máximo del veinte por ciento (20%) del total del fondo disponible. Además, aclara que para los afiliados activos, los préstamos deberán cobrarse a través de la deducción salarial. Por otro lado, para jubilados o pensionistas, las deducciones se llevarán a cabo mensualmente de los montos de las pensiones, siempre manteniendo el mismo límite intocable de salario, amortizaciones, intereses y otras obligaciones.

Asimismo, se indica que la Junta tendrá acceso al Centro de Información de Crédito (CIC), que está administrado por la supervisión de las entidades financieras (SUGF), lo cual permitirá obtener información crediticia precisa de sus subsidiarias.

La Comisión Nacional de Seguros y Finanzas (Conassif) se encargará de la supervisión de las operaciones de crédito establecidas en esta subsección. Por último, es importante señalar que el texto también incluye otras reformas que busca implementar.

En este punto, el proyecto de ley necesita ser asignado a una comisión legislativa para su análisis y eventual aprobación.

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