Retraso en hospitales para adultos mayores: causas y protocolos

Durante el año 2025, se reportó un aumento superior al 50% en comparación con años anteriores en cuanto al abandono de adultos mayores en el hospital. Esta alarmante estadística fue proporcionada por las autoridades del Hospital San Juan de Dios, quienes informaron sobre 40 casos de abandono registrados.

¿Por qué los abandonan?

Las autoridades subrayan que la mayoría de los adultos mayores que son abandonados en este centro médico generalmente enfrentan diversas condiciones de salud. Esta problemática no solo incluye enfermedades crónicas como la diabetes mellitus y la hipertensión arterial, sino que hace referencia también a una serie de condiciones que complican aún más su atención. Entre estas se encuentran:

  • Fracturas de cadera.
  • Dependencia funcional y/o cognitiva.
  • Síndrome y disfunción auditiva.
  • Caídas y traumatismos craneocerebrales.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) que genera dependencia de oxígeno.
  • Eventos cerebrovasculares (ECV) que pueden resultar en hemiparesia o hemiplejia.
  • Infecciones intrahospitalarias causadas por organismos multirresistentes.
Foto: Randall Sandoval.

¿Qué protocolo se aplica en estos casos?

Ante situaciones tan preocupantes, los centros médicos cuentan con un protocolo específico que se debe seguir. Lo primero que se realiza es una evaluación integral de la situación, donde se analiza la historia de vida del adulto mayor, así como las redes de apoyo familiar y comunitario que se encuentran disponibles.

Si se determina que la familia se niega a recibir al paciente en el momento del alta, se presenta una denuncia ante el Ministerio Público por la sospecha de un delito de abandono de personas incapaces. Esta acción se enmarca dentro del Artículo 142 BIS del Código Penal y el Artículo 169 del Código de Familia, los cuales buscan proteger los derechos de los adultos mayores de manera efectiva.

Posteriormente, se implementa un programa de deserción, donde se continua con el seguimiento del caso, y se elabora un informe social para el Consejo Nacional de Ancianos (CONAPAM), quien se encarga de gestionar la reubicación del adulto mayor en una alternativa de protección adecuada.

El informe que se presenta debe contener los resultados de la valoración social, junto con todos los elementos que apoyen el diagnóstico de la situación de abandono. En caso de excederse en el tiempo de respuesta de CONAPAM sin recibir atención, se activa la acción legal complementaria.

En este contexto, el Servicio de Trabajo Social del hospital se encarga de solicitar a la Dirección General del Hospital y a Asesoría Legal que se presente un recurso de AMPARO ante la Sala Constitucional, buscando salvaguardar el derecho constitucional a un entorno saludable y equilibrado, el cual el hospital no puede garantizar debido a la omisión de CONAPAM en sus obligaciones legales.

Finalmente, en caso de que la resolución judicial de la sala constitucional sea favorable, se coordinará la atención del adulto mayor por parte de la casa indicada por CONAPAM, buscando ofrecerle el apoyo y la protección necesaria para su bienestar.