Desarrollo de proyectos para facilitar las contribuciones de infraestructura y equipos policiales al Ministerio de Seguridad

En una reciente sesión legislativa, se aprobó en primer debate, de forma unánime y con el apoyo de los alternativos, el proyecto de ley identificado como documento 24,081. Este importante proyecto tiene como objetivo facilitar la contribución de bienes inmuebles, muebles y servicios a partidos políticos, tanto públicos como privados, en beneficio directo del Ministerio de Seguridad Pública.

El autor de esta propuesta es el público Daniel Vargas, quien ha encabezado la reforma del Artículo 6. BIS de la Ley de Policía General, actualizando y adecuando las normativas para mejorar la operatividad de las fuerzas de seguridad.

En términos específicos, el texto que se propone señala lo siguiente:

«Las agencias gubernamentales, ya sean públicas o privadas, así como las instituciones, municipios y organizaciones de desarrollo social, que se encuentran bajo la cobertura de la ley 3859, la ley de desarrollo comunitario, vigente desde el 7 de abril de 1967, podrán realizar aportaciones en forma de bienes inmuebles, muebles, servicios y reparaciones de equipos. Estas aportaciones pueden incluir mantenimientos, reparaciones de vehículos, y la provisión de otros productos esenciales para el equipamiento de operaciones policiales, así como la capacitación necesaria para el personal.».

Asimismo, se establece que las contribuciones pueden ser incondicionales, aunque quedan sujetas a verificación por parte de las autoridades, quienes deben confirmar el origen de los productos antes de aceptarlos.

El texto también menciona que «las contribuciones provenientes de entidades naturales y/o legales que estén asociadas a la confidencialidad del servicio de inteligencia no serán aprobadas si representan un flujo financiero de origen dudoso; también, quedarán excluidas aquellas entidades que hayan sido condenadas por delitos relacionados con el narcotráfico, legitimación de capitales o fraudes al público», lo que añade una capa adicional de seguridad a este proceso.

Daniel Vargas es un portavoz de la iniciativa. (Cortesía/Sesión Legislativa).

Exclusiones relevantes en el texto

Una nueva discusión sobre este proyecto está programada para el 19 de mayo, y se espera que la Ley de la República sea firmada en el edificio presidencial a partir de esa fecha. Es fundamental que las contribuciones o servicios destinados al beneficio de la policía no representen «un riesgo para el trabajo de seguridad o la información que el Director del Ministerio de Seguridad Civil o el Joldista de la Policía ha tratado».

En consecuencia, hay una lista de exclusiones que no deben permitirse en el marco de este proyecto:

  • -Los servicios que impliquen la gestión de datos del establecimiento, así como la gestión o mantenimiento de equipos técnicos, incluyendo el acceso a datos confidenciales e información sensible de la agencia.
  • -Cualquier servicio que interfiera con el desarrollo de las operaciones diarias o especiales de la organización.
  • -Los servicios destinados a proporcionar personal para tareas operativas diarias o especiales asociadas con la seguridad pública o nacional.
  • -Los servicios que tienen como objetivo proporcionar personal para la gestión de armas de la agencia.
  • -Cualquier servicio que potencialmente pueda afectar la seguridad pública de alguna manera.