Tras la primera jornada de las semifinales de la Clasura 2025, el tribunal disciplinario de la Federación de Fútbol Costarricense ha dado a conocer su informe, revelando un severo castigo financiero hacia el Deportivo Saprissa. La sanción impuesta asciende a aproximadamente 3 millones de colones, una cifra que sin duda refleja la seriedad de las infracciones cometidas.
El texto del informe menciona explícitamente: «Se aprueba al club con sanciones que suman un total de 2,892,500 colones.» Este monto es el resultado de diversas violaciones a las normativas deportivas que rigen en el país. En particular, se hace referencia a los artículos específicos que establecen las multas correspondientes y las razones detrás de cada una.
Primero, se señala que el club hizo uso de herramientas prohibidas, lo cual ha llevado a la imposición de una multa de 500,000 colones. Este aspecto está claramente alineado con las disposiciones del Artículo 55, Subdivisión 2, donde se prohíbe el uso de elementos que no están permitidos en el recinto deportivo, como confeti y/o papel. Este tipo de acciones no solo perturba el desarrollo del juego, sino que también afecta la imagen de la competición.
Además, se presenta otra multa de 340,000 colones debido a que esta es la tercera vez que el inicio del partido se retrasa. De acuerdo con las disposiciones del Artículo 32, se considera inaceptable que un equipo no respete los horarios establecidos, y este comportamiento repetido está claro que debe ser sancionado para mantener la disciplina en el deporte.
Por otra parte, conforme a la Subdivisión del Artículo 73, también se impuso una multa adicional de 52,500 colones. Esta sanción se detalla como una respuesta a la primera infracción ocurrida durante el torneo en cuestiones administrativas o de comportamiento no deportivo.
Otra de las sanciones más contundentes indica que el Deportivo Saprissa debe pagar una multa de 2,000,000 de colones. Esta sanción está basada en las disposiciones del Artículo 54 BIS, Subdivisión C de las reglas disciplinarias. Aquí se ha destacado que el club no tomó las medidas necesarias para evitar las acumulaciones de tarjetas amarillas entre sus jugadores, lo que llevó a una situación crítica que perjudica no solo al equipo, sino a toda la liga en su conjunto.
Por otro lado, el Club Sport Herediano también ha sido objeto de sanción financiera. Según las normas del Artículo 31 y del Artículo 57 BIS, Subdivisión 11, este club fue multado con 400,000 colones debido a su tardanza en la presentación de la conferencia de prensa, un procedimiento que se debe seguir con puntualidad y profesionalismo.
En lo que respecta a la Liga Deportiva Alajuelense, el delantero español Alberto Toril Domingo ha enfrentado sanciones por un incidente relacionado con un juego repentino serio. De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 37, se le impuso la sanción de dos partidos de suspensión, junto con una multa de 125,000 colones. Este tipo de decisiones es crucial para la integridad del deporte y debe tomarse con la debida consideración de las reglas establecidas.









