El Consejo Constitucional da paso a un proyecto para bajar los precios de los medicamentos al no encontrar defectos materiales y formales – Diario cr

El proyecto de ley de la diputada del PUSC María Marta Carballo denominado “Ley de Apertura y Fortalecimiento de la Competencia en el Mercado Farmacéutico” tiene camino claro hacia su aprobación en la Asamblea Legislativa.

El texto busca reducir el precio de los medicamentos en Costa Rica.

Tras ser votado en primer debate a principios de septiembre, el expediente 23.234 fue enviado al Consejo Constitucional para comentarios.

Los magistrados concluyeron que no había vicios ilícitos en la iniciativa.

“Se deja sin efecto la consulta administrativa sobre el proyecto de ley “Ley de Promoción y Fortalecimiento de la Competencia en el Mercado Farmacéutico” (originalmente denominada: Ley de Apertura y Promoción de la Competencia en el Mercado Farmacéutico), que se tramita en el documento legal 23.234, en el sentido de que el proyecto en cuestión no implica vicio material ni de votación”, señala el 2025034575 escrito por Fernando Cruz.

Con esto, el legislativo podrá darle un segundo debate una vez que la resolución completa haya sido enviada fuera de la cámara.

“Este es un paso importante para ofrecer a los costarricenses una opción real de acceder a tratamientos médicos a un precio justo. Con esta ley buscamos abrir la competencia, reducir los precios y garantizar que nadie se quede sin sus medicamentos porque no puede pagarlos”, dijo el diputado Carballo.

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María Marta Carballo, diputada PUSC.

el proyecto

Según el legislador socialcristiano, Costa Rica tiene los precios de medicamentos más altos de la región.

Puso como ejemplo un blister de omeprazol de 20 mg (30 cápsulas), que en el país cuesta unos 21.200 euros. El mismo producto cuesta ¢2.650 en Nicaragua, ¢4.240 en Guatemala, en El Salvador cuesta ¢5.300 y en Honduras ¢6.360.

El proyecto de ley presentado por el diputado del PUSC contiene los siguientes elementos:

  • Precio de entrada estructurado (Artículo 16): Define el precio de entrada con base en criterios de valor terapéutico, frecuencia de uso, innovación y precio internacional. La propuesta proviene del postor pero debe ser evaluada por las autoridades técnicas.
  • Observatorio Nacional de Precios (Artículo 11): Herramienta oficial y técnica que permite a los consumidores comparar precios entre farmacias y detectar abusos de mercado.
  • Importación paralela (Artículo 4): Facilita la ruptura de monopolios y asegura opciones más accesibles para los residentes.
  • Reconocimiento de historias clínicas (Artículo 3): Acelera el ingreso al país de medicamentos que ya hayan sido aprobados por organismos internacionales de alta calidad.
  • Prohibición de acuerdos exclusivos (Artículo 10): Impide que las droguerías o importadores operen farmacias mediante prácticas monopólicas.