A partir del 1 de enero de 2026, las empresas españolas deberán implantar Verifactu, el sistema contable de la autoridad tributaria, para acabar con el fraude. Los autónomos aún tienen tiempo, el problema es hasta el 1 de julio La comunicación es muy confusa. y muchos aún no saben si cumplir con la nueva normativa y cómo hacerlo. Ahora el Ministerio de Hacienda ha aclarado algo importante: están exentos quienes utilicen facturas simples creadas a mano o con programas como Word o Excel.
Alarma y confusión. Esto es lo que predomina en el grupo de los autónomos. ellos cuentan Prensa europea que a finales de octubre el Ministerio de Hacienda envió un aviso a todas las empresas recordando las nuevas normas y las multas (de hasta 50.000 euros) por no aplicarlas, provocando una “alarma innecesaria”.
Estamos acostumbrados a que las comunicaciones del IRS sean bastante confusas, pero Verifactu es un verdadero desastre. En declaraciones sobre la vanguardiaEl presidente de la patronal de autónomos criticó que «no se haga así, sino con una campaña de comunicación» y admite que ni siquiera las agencias han sido informadas sobre el nuevo sistema. Ha solicitado una prórroga para que los autónomos sólo estén obligados a partir de 2027, aunque las fechas seguirán siendo las mismas por el momento.
Una aclaración importante. El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos, Hace poco resolví una consulta y aclaró algo muy importante: todas las empresas y comerciantes que crean sus facturas manualmente o con programas sencillos como Word o Excel no están obligados a utilizar Verifactu, siempre y cuando se limiten a crear e imprimir facturas sin funciones adicionales.
¿Qué es Verifactu?. Verifactu es un sistema para garantizar la trazabilidad y transparencia de la facturación. No se trata de un programa de facturación propiamente dicho, sino de un sistema tecnológico que se integra en el SIF (Computer Billing Systems) y garantiza la inmutabilidad, seguridad y trazabilidad de las facturas. Entonces, la clave está en qué se considera SIF y qué no.
SIF. ¿Qué es exactamente un sistema de facturación informático? Según las regulacioneses un “conjunto de hardware y software utilizado para emitir facturas mediante la realización de las siguientes acciones”:
- Crear facturas: La información de facturación se puede recibir de cualquier forma, ya sea ingresada manualmente o automáticamente desde otro programa.
- Guardar información de facturación: bien almacenado en el propio programa, extraerlo en formato físico (p. ej. papel, USB, etc.) o enviarlo telemáticamente (a través de Internet) a otro ordenador o sistema, incluso si ese otro sistema no es un sistema de facturación.
- Procesar información de facturación: Utilizar la información de la factura para generar otros resultados derivados de ella, como por ejemplo: B. para crear informes, análisis o estadísticas.
El matiz. El tercer punto que define un SIF es donde reside el matiz más importante. Ante la consulta, la Dirección General de Impuestos aclara que el hecho de crear una factura con Excel no significa una exención de la aplicación de Verifactu. El texto señala que “dichas hojas de cálculo pueden tener capacidades de procesamiento y almacenamiento de datos que pueden implicar su consideración como sistemas informáticos de contabilidad”.
Por lo tanto, si utilizas un programa como Excel o Word únicamente para crear la factura y almacenar los datos (digitales o impresos), no se considera un SIF. En cambio, si reutilizas los datos aplicando funciones de cálculo o programación o los exportas a otros sistemas informáticos, esto se consideraría un SIF y tendrías que utilizar Verifactu.
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