Aún quedan 21 días hasta 2026. 21 días hasta multa si no tenemos seguro para nuestro patinete eléctrico – Diario cr

Lo vimos con las luces del V-16 y volverá a suceder en el futuro. Llega un estándar, hace mucho ruido y se olvida. Hasta unos días antes de que entre en vigor, se vuelve a hacer ruido y los afectados salen corriendo a poner en regla sus papeles.

Lo mismo ocurrió también con los patinetes eléctricos.

2 de enero de 2026. Es la fecha elegida por la DGT para que se apliquen tres obligaciones a todos los patinetes eléctricos que circulen en España:

  • Seguro de responsabilidad del propietario
  • Matriculación de un patinete eléctrico.
  • Certificación de scooter eléctrico

Al igual que con las luces V-16, la decisión no se tomó ayer. Es algo aprobado en 2024 (para cumplir con la implementación de la ley). Directiva 2021/2118), por lo que los usuarios tenían más de un año y medio para realizar todos los trámites. La resolución también puede ser utilizada por ayuntamientos desde hace años, por ejemplo en Córdoba, donde está activa desde 2023.

¿Qué procedimientos existen? El seguro que más quebraderos de cabeza nos puede causar es el seguro de responsabilidad civil. Todos los usuarios que utilicen el patinete eléctrico. Debes estar asegurado para cubrir nuestros daños si otro conductor es responsable de un accidente en el que estamos involucrados, o para cubrir daños a terceros si nuestra culpa es nuestra.

Además, el patinete eléctrico debe estar matriculado y disponer de una certificación que acredite su homologación. Este último es obligatorio para todos los patinetes eléctricos vendidos como vehículos nuevos en España desde 2024. Además, a partir de 2027 será obligatorio para los patinetes eléctricos que ya hayan sido adquiridos.

El “registro”. Esta matrícula es en realidad un cartel visible en el patinete eléctrico con la información relevante que certifica su matriculación. La matrícula, así como la matrícula, deberán estar incluidas en todos los patinetes eléctricos vendidos a partir de 2024.

Si tienes un patinete eléctrico que no dispone de dicha placa o certificación, deberás solicitar una prueba en alguno de los cuatro laboratorios homologados por la DGT para realizar estas certificaciones. Puedes realizar el trámite Solicitud en el sitio web de tráfico. pero sólo uno de ellos, IDIADA, está en España.

¿Qué está certificado? Los patinetes eléctricos se consideran una categoría aparte desde hace varios años. En concreto, se trata de vehículos de movilidad personal y estos son los principales criterios que deben cumplir:

  • Velocidad máxima de 25 km/h
  • Pesar menos de 50 kg.
  • Potencia máxima de 1.000W si no disponen de sistema de autoequilibrio
  • Potencia máxima de 2.500W si cuentan con sistema de autoequilibrio
  • Altura máxima del manillar de 70 centímetros.

¿Qué pasa si no cumplo? Si no lo cumples, tienes que hacerlo. preparar el portafolio. Y con la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para el patinete eléctrico viene la obligación de pagar una multa si no cumplimos con esta obligación.

En concreto, la multa puede oscilar entre 200 y 1.000 euros, según la nueva redacción de la Ley de seguros de vehículos de motor Es evidente que los patinetes eléctricos catalogados como turismos ligeros se enfrentan a sanciones equivalentes a un tercio de las matriculadas para turismos. Esto supone un tercio de la multa de entre 600 y 3.000 euros que se impone a los conductores sin seguro en función de la gravedad del asunto.

Foto | Michel Grolet

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