Presidente Rodrigo Chaves interpuso un veto total al Decreto Legislativo 10.868, que consiste en una reforma de los artículos 2, 7 y 16 de la “Ley para regular los eventos deportivos en la vía pública rural”.
Una de las principales razones del veto es la aplicación de la silencio positivo a favor de los organizadores. Según la reforma, esto significa que si la administración no resuelve la solicitud de permiso dentro de los 30 días hábiles, se considerará aprobada.
El presidente Chaves sostuvo que la Sala Constitucional determinó que esta cifra no aplicable cuando se trata de bienes de dominio público, como calles y carreteras; ni en materia de salud pública o medio ambiente.
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Oportunidad y conveniencia
El Ejecutivo también alegó motivos de oportunidad y conveniencia. Como parte de los argumentos, señala que la reforma pretendía dejar sin regular los costes que los organizadores deben abonar a la Policía de Tráfico o Municipal para la ocasión.
Servicios privados
En ese sentido, el Ejecutivo Cuestionó si la reforma permitía la contratación de servicios de seguridad privada para eventos deportivos, ya que estos terceros no tienen, a su juicio, la autoridad y las facultades técnicas jurídicas que tienen las fuerzas policiales.
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El Ejecutivo consideró que la reforma estipula que cada evento tramite una declaratoria de utilidad pública por el uso de las vías, lo que, según el presidente, generará más trámites.
La reforma también pretendía que la definición de rutas nacionales para eventos se haga en colaboración con las federaciones deportivas, por lo que la dirección ejecutiva señala que esta debe ser una decisión exclusivamente técnica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).









