Las pensiones de ROP y las enfermedades graves fueron los factores que se abordaron.

Las personas que padecen enfermedades graves se encuentran en una situación donde su bienestar financiero puede verse comprometido. Ante esta realidad, están especialmente interesadas en acceder anticipadamente a los fondos que tienen acumulados en su pensión complementaria obligatoria (ROPC). Esta necesidad surge debido a la urgencia por cubrir gastos médicos, tratamientos y otras necesidades básicas que pueden surgir en el camino de una enfermedad terminal.

A principios de este mes, los legisladores de la Asamblea Nacional dieron un gran paso al aprobar un informe, conocido como documento 22,299. Este documento tiene como objetivo fundamental proporcionar a los beneficiarios de pensiones la posibilidad de acceder a su dinero en situaciones de enfermedades graves. Esta medida es vista como un alivio significativo para aquellos que enfrentan condiciones de salud que amenazan sus vidas, permitiéndoles contar con los recursos económicos necesarios para enfrentar sus enfermedades de manera más digna y eficiente.

En una primera discusión sostenida el 27 de febrero, se alcanzó la aprobación inicial del texto legislativo. Sin embargo, se optó por modificar ciertos aspectos del mismo y luego re-desarrollarlo para asegurar que todos los detalles estuvieran alineados con las necesidades reales de las personas afectadas. Este esfuerzo de revisión busca, además, facilitar su posterior aprobación en el segundo debate, programado para esta misma semana.

Un aspecto crucial que la Legislatura acordó antes de la primera discusión es que, en este proceso de jubilación ROPC, se permitirá que una tercera persona, designada por el propietario de la cuenta, pueda llevar a cabo el procedimiento necesario en caso de enfermedad grave. Este cambio es fundamental, ya que muchas veces los titulares de cuentas pueden no estar en condiciones de gestionar sus propios asuntos financieros debido a su estado de salud.

La reforma aprobada también introduce mejoras relevantes en la Ley sobre la Protección de los Trabajadores, específicamente en el artículo 22. Este artículo establece que los beneficiarios podrán optar por el retiro anticipado de sus fondos, ya sea a un plazo de hasta 60 meses, o incluso por el retiro total. Para acceder a estas opciones, deben cumplir con ciertos criterios que se detallan a continuación:

«Artículo 22

Las personas pueden elegir el retiro anticipado durante un periodo de hasta 60 meses o proceder con el retiro total de sus fondos bajo las siguientes condiciones y cumpliendo con los requisitos establecidos:

a) En caso de estar enfrentando una enfermedad terminal, que esté debidamente documentada por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS);

(b) En caso de sufrir un problema de salud o accidente grave que implique cambios drásticos en su estado de salud, presentado un alto riesgo de muerte, y donde el tratamiento médico, sustentado en evidencia científica, ofrezca pocas esperanzas razonables de extender su vida.

Es importante mencionar que la CCSS deberá validar la solicitud relacionada con la condición de un paciente crítico o terminal, basado en la evaluación efectuada por su médico tratante. No obstante, se contempla que la entidad pueda crear un reglamento que establezca criterios sobre quiénes estarán autorizados a emitir el certificado correspondiente para el retiro de fondos.

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