La introducción de teléfonos móviles en la prisión será sancionada con penas de 2 a 4 años de prisión.

En una reciente y significativa sesión legislativa, celebrada el pasado jueves, se aprobó un proyecto de ley que ha sido objeto de un intenso debate. Este proyecto, conocido como la lista de 24,162, se centra en el establecimiento de penas severas para aquellos que logran ingresar ilegalmente teléfonos móviles, dispositivos satelitales u otros formatos de comunicación electrónica en los centros penitenciarios de Costa Rica.

La propuesta fue presentada por la autoridad ejecutiva y había sido anunciada desde octubre del año anterior. Durante la semana pasada, tuvo su primer debate, culminando en una aprobación definitiva en la que 41 legisladores votaron a favor de la legislación.

El objetivo principal de esta iniciativa es endurecer las sanciones, imponiendo penas de prisión que van de dos a cuatro años para quienes introduzcan de manera ilegal estos dispositivos de comunicación dentro de las cárceles. Este proyecto de ley busca cerrar brechas que han sido aprovechadas por algunos para cometer ilícitos desde el interior de las prisiones.

La legislación estipula en su texto lo siguiente:

«Se impondrá la multa de dos o cuatro años de prisión, a quien, sin estar legal o reglamentariamente autorizado, posea, presente, facilite o lleve de cualquier manera a una institución penal los dispositivos de comunicación, incluidas, pero no limitándose a, teléfonos móviles, equipos satelitales y otros medios de comunicación, así como sus componentes técnicos y tarjetas SIM».

En Costa Rica, muchas personas han sido víctimas de fraudes a través de llamadas realizadas desde centros de detención, donde en muchos casos los prisioneros logran recibir teléfonos que les son entregados por visitantes. Este fenómeno ha llevado a que la ciudadanía demandara una respuesta contundente ante la creciente problemática.

La prevención de estos actos delictivos es esencial, por ello la legislación busca penalizar de manera efectiva a quienes participan en estas actividades ilícitas. En este sentido, es importante señalar que el proyecto de ley prevé un aumento de las penas en un tercio si el autor de la infracción resulta ser un «funcionario público, proveedor de servicios o productos en instituciones carcelarias».

Además, se contemplan también sanciones para «abogados que realicen estas acciones en el ejercicio de su profesión o cualquier otro individuo que cuente con una autorización especial de acceso, pero que no cuente con una licencia adecuada».

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La votación fue unánime.